Informe de cálculo

Gratificación legal

Compara la gratificación del art. 50 (25 % con tope) y del art. 47 (30 % de utilidades).

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¿Cómo se calcula?

Art. 50: el empleador paga el 25 % de lo devengado en el año, con tope de 4.75 ingresos mínimos mensuales al año (normalmente se paga mes a mes como anticipo). Ambas modalidades proceden solo si la empresa tiene utilidades líquidas, salvo que exista un pacto de gratificación garantizada. Art. 47: reparte el 30 % de la utilidad líquida entre los trabajadores, en proporción a lo que cada uno ganó en el año.

Datos que necesitas

  • Modalidad
  • Sueldo mensual del trabajador
  • Utilidad líquida anual de la empresa — Solo para art. 47. Utilidad tributaria determinada por el SII menos el 10 % del capital propio.
  • Remuneraciones anuales de todos los trabajadores — Solo para art. 47. Suma de lo pagado en el año a todos los trabajadores con derecho.

Ejemplo resuelto

Con estos datos de referencia:

ModalidadArt. 50 (anticipo mensual, procede con utilidades o pacto)
Sueldo mensual del trabajador$800.000
Utilidad líquida anual de la empresa$50.000.000
Remuneraciones anuales de todos los trabajadores$120.000.000

el resultado es:

Gratificación anual$2.400.000
Equivalente mensual$200.000
Tope mensual art. 50$219.115
  • La empresa elige la modalidad; muchas pymes usan el art. 50 porque su monto no depende de cuánto ganó la empresa (solo de los sueldos, con tope).
  • Gratificación art. 50: solo es obligatoria si la empresa obtiene utilidades líquidas en el año, o si existe un pacto de gratificación garantizada en el contrato. El pago mensual es un anticipo: si al cierre del año no hay utilidades ni pacto, no corresponde (o se ajusta).
  • Tope calculado con ingreso mínimo de $553.553. Cálculo referencial con parámetros legales a 2026-10 (ingreso mínimo, UF, UTM, tasas y topes). Actualízalos y valida con tu contador o con Previred antes de pagar.

Preguntas frecuentes

¿Qué datos necesito?

Necesitas: Modalidad; Sueldo mensual del trabajador; Utilidad líquida anual de la empresa; Remuneraciones anuales de todos los trabajadores. Si no tienes alguno a mano, la calculadora trae valores típicos de una pyme chilena para que veas un ejemplo.

¿Con qué valores legales está actualizada?

Usa los parámetros vigentes en Chile a octubre de 2026 (IVA, UF, UTM, ingreso mínimo, cotizaciones, según corresponda). Son referenciales: verifica los valores oficiales en el SII y Previred antes de tomar decisiones.

¿Es gratis?

Sí, es gratuita y no necesitas registrarte. Los datos que ingresas se quedan en tu navegador; no se envían a ningún servidor.

¿Puedo tenerla en mi sitio web con mi marca?

Sí. Puedes insertarla en tu web con tus colores o pedirnos una versión adaptada a tu negocio en CalculaPyme a medida.

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